Alcaliber, S.A. y Alcaliber Investigación, Desarrollo e Innovación, S.L. (en adelante, Alcaliber o la Compañía) pretende implantar los máximo estándares dentro del área deontológica y desea mantener una elevada exigencia en materia de Cumplimiento Normativo. Por este motivo, ha habilitado un canal independiente de denuncias que deberá ser utilizado para comunicar potenciales prácticas o comportamientos contrarios al Código Interno de Conducta y a la normativa vigente, constituyendo una de las garantías de la reputación de la empresa.
El presente procedimiento de canal de denuncias permite la denuncia anónima de un posible incumplimiento normativo, que permita la rápida implantación de acciones correctoras, así como en su caso, evitar posibles represalias posteriores. En todo caso, el anonimato del denunciante está siempre garantizado ante el denunciado.
Por otro lado, la identidad del denunciante y las personas involucradas en la denuncia, así como toda la información recopilada por la persona encargada de gestionar la denuncia, deben tratarse de manera confidencial.
ALCANCE
El canal de denuncias pivota sobre tres principios fundamentales que deben de ser respetados en todo momento y sin excepción por todas las personas sujetas:
- Priorizar el interés de los clientes de Alcaliber.
- Respetar las obligaciones legales, reglamentarias, profesionales, deontológicas y las políticas y procedimientos internos.
- No perjudicar la reputación de Alcaliber.
Todos las personas sujetas de Alcaliber podrán ser denunciantes o denunciados a través de éste canal de denuncia interno. Se podrá denunciar sólo por aquellas causas que puedan afectar al mantenimiento o desarrollo de la relación contractual que vincula al denunciado con la empresa.
Toda denuncia deberá incluir la siguiente información:
- Datos del denunciante (si bien la denuncia se puede realizar de forma anónima y bajo ningún concepto serán comunicados al denunciado si los datos hubiesen sido facilitados).
- Datos del denunciado.
- Hechos denunciados, con indicación de la fecha o fechas en que se hayan producido.
- Aportación de indicios de verosimilitud, documentos o evidencias, en caso de que se disponga.
- Fecha de la denuncia.
La información sólo será accesible por el Comité de Cumplimiento Normativo de Alcaliber (CCN), así como aquellas personas sujetas o personal subcontratado necesarios para llevar a cabo las pertinentes investigaciones.
En cuanto a la recepción y tratamiento de las denuncias, una vez llegan las mismas a la Unidad de Cumplimiento Normativo, tras un análisis preliminar, procederá a adoptar una de las siguientes decisiones:
- Archivar el procedimiento, registrando la denuncia junto con la decisión motivada de archivo correspondiente. La decisión de archivo debe contar con el visto bueno del CCN.
- Acordar la continuación del procedimiento y el inicio de la investigación interna.
Una vez concluida la investigación, la Unidad de Cumplimiento Normativo emitirá un informe de investigación en formato PDF relativo a la denuncia recibida. Este informe incluirá un resumen de los hechos denunciados, una descripción de la investigación realizada (con detalle de las acciones llevadas a cabo y el análisis realizado), los resultados de la investigación y la conclusión alcanzada.
En caso de que la denuncia no sea admitida a trámite, bien por no cumplir con los contenidos mínimos, bien por considerar que los hechos denunciados no corresponden a ningún incumplimiento o transgresión del Código Interno de Conducta, o no son constitutivos de infracciones penales, se archivará informando al remitente de la misma de su archivo e indicando los motivos por los que no se admitió a trámite, y se pondrá también en conocimiento del CCN.
Se informará al denunciado en el plazo más breve posible de los hechos denunciados, los destinatarios de la información y sus derechos en materia de protección de datos. Cuando la comunicación al denunciado de que ha sido objeto de una denuncia ponga en peligro la capacidad de Alcaliber para investigar o recopilar pruebas de manera eficaz, por el riesgo de destrucción o alteración de pruebas por parte del denunciado, ésta se podrá retrasar hasta un máximo de tres meses.
Los datos serán cancelados en un plazo máximo de un año tras el fin de las investigaciones si los hechos no hubieran sido probados. En caso contrario, se mantendrán mientras sean necesarios para la defensa de Alcaliber en los juzgados.
Por otro lado, la Unidad de Cumplimiento Normativo mantendrá un registro de todas las denuncias y consultas recibidas, siempre y cuando el denunciante se haya identificado adecuadamente. Dicho registro deberá respetar las exigencias de la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.
Por último, la información registrada a través del Canal de Denuncias será analizada y valorada por la Unidad de Cumplimiento Normativo, con el objeto de mejorar las medidas tendentes a prevenir y descubrir los delitos e infracciones del Modelo de Detección y Prevención de Riesgos Penales de Alcaliber que pudieran cometerse dentro de la Compañía.